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    Consejo de la Administración Municipal

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    La Constitución de la República de Cuba define en su artículo 201 la principal función de las Administración Municipal, que consiste en “satisfacer, entre otras, las necesidades de la economía, de salud, asistenciales, educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la colectividad del territorio a que se extiende su jurisdicción, así como ejecutar las tareas relativas a la prevención y atención social.”

    El Consejo de la Administración es designado por la Asamblea Municipal del Poder Popular, a la que se le subordina y rinde cuenta. Esta estructura tiene como premisa el concepto constitucional de que el municipio es la sociedad local, con personalidad jurídica a todos los efectos legales, organizada políticamente por la Ley, en una extensión territorial determinada por las relaciones económicas y sociales de su población y con capacidad para satisfacer las necesidades mínimas locales.

    Igualmente tiene carácter colegiado, dirige las entidades económicas, de producción y de servicios de su nivel de subordinación y su función primordial es promover el desarrollo económico y social de su territorio. Dirige la actividad administrativa a él subordinada y controla la de las entidades de su territorio, independientemente del nivel de subordinación.

    Observar estrictamente la Constitución de la República, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, los acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, del Consejo de Estado, del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo, las disposiciones que dicten los jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado en asuntos de su competencia que requieran ser regulados, y los acuerdos de las Asambleas del Poder Popular a las que se subordinen, forman parte de la competencia y obligación de los Consejos de la Administración, y las entidades que se organicen para la satisfacción de las necesidades locales.

    ¿Quiénes integran el Consejo de la Administración?

    El Consejo de la Administración está integrado por el Presidente de la Asamblea Local del Poder Popular, que lo preside, un Vicepresidente para el Órgano de la Administración, el Secretario, los demás vicepresidentes, así como otros miembros. Excepto el Presidente, los demás integrantes del Consejo de la Administración, se designan a propuesta de este, por la respectiva Asamblea Local del Poder Popular. Los integrantes de ese órgano no tienen que ser necesariamente delegados del Poder Popular, con excepción del Presidente.

    ¿Cuáles son las atribuciones del Consejo de la Administración Municipal?

    • Cumplir y hacer cumplir la legislación vigente y los acuerdos adoptados por la respectiva Asamblea del Poder Popular.
    • Coordinar, controlar y fiscalizar en su demarcación la ejecución de las políticas, programas y planes aprobados por los órganos superiores del Partido, Estado y Gobierno para el territorio, dentro de los marcos fijados por la ley.
    • Proponer al Ministerio de Economía y Planificación la creación, fusión y extinción de entidades administrativas, económicas, de producción y servicios de subordinación local que dirige y controla.
    • Elaborar y proponer a la respectiva Asamblea del Poder Popular los proyectos del Plan Económico Presupuesto de las actividades que dirijan, dentro de los marcos establecidos por el Consejo de Ministros y una vez aprobados, controlar su cumplimiento, sin perjuicio de la labor de la Asamblea correspondiente.
    • Participar, en lo que le concierna, en la elaboración de los proyectos de Plan Económico y Presupuesto que correspondan a las entidades subordinadas a otras instancias, radicadas en el territorio.
    • Controlar las plantillas de los cargos administrativos de las entidades subordinadas, conforme a la política que fije el Consejo de Ministros, ajustándose al presupuesto aprobado por la Asamblea del Poder Popular correspondiente.
    • Proponer la nomenclatura y la estrategia de preparación y superación de los cuadros de su subordinación a las respectivas Asambleas del Poder Popular, así como conocer de la información que sobre la política de cuadros y demás trabajadores le brinde el Presidente.
    • Conocer, evaluar y decidir sobre los informes que le presenten las entidades administrativas y económicas que le están subordinadas, así como, en el marco de su competencia, lo que interese a entidades de otra subordinación, sobre actividades y temas que incidan en el desarrollo económico – social del territorio.
    • Conocer, evaluar y proponer decisiones, según el procedimiento establecido, sobre los informes que le presenten las entidades no subordinadas, radicadas en el territorio.
    • Rendir cuenta, al menos una (1) vez al año, por intermedio   del Vicepresidente para el Órgano de la Administración, a la respectiva Asamblea del Poder Popular sobre los temas que esta decida y al Consejo de la Administración Provincial, en el caso de los consejos municipales.
    • Adoptar decisiones sobre las medidas para el mejor desarrollo del trabajo de prevención y atención social en el territorio, acorde con la política trazada al respecto.
    • Prevenir y enfrentar las indisciplinas, ilegalidades y manifestaciones de corrupción.
    • Adoptar decisiones que contribuyan de forma priorizada a la mejor atención de los planteamientos, las quejas y solicitudes realizadas por los electores a sus delegados, así como cualesquiera otras, independientemente de su origen, y trabajar en la identificación y erradicación de sus causas, utilizando las vías que correspondan.
    • Exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que den soluciones adecuadas a los problemas planteados por la población, o explicaciones convincentes sobre los casos que no tengan solución inmediata o a corto plazo.
    • Exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que brinden informaciones de calidad a los delegados de las Asambleas del Poder Popular cuando se les solicite.
    • Proponer a la respectiva Asamblea del Poder Popular, por conducto de su Presidente, proyectos de normas, que regulen conductas de los ciudadanos con efecto en la actividad administrativa del territorio.
    • Convocar a los dirigentes de las entidades, organizaciones empresariales, unidades presupuestadas y establecimientos de cualquier subordinación, excepto en los casos previstos por la ley, siempre que estén radicados en su demarcación, para que ofrezcan los informes pertinentes o reciban informaciones de interés para el territorio.
    • Orientar y  controlar  el  trabajo  de  las  direcciones  administrativas,    organizaciones empresariales  y  unidades  presupuestadas  de  su  subordinación,  dirigido  a  mejorar  y perfeccionar las funciones, subsanar deficiencias y eliminar defectos e incumplimientos que se detecten en verificaciones fiscales, auditorias, inspecciones y controles, así como a rectificar  errores  resultantes  de  las  violaciones  de  las  normas,  regulaciones  y  demás disposiciones dictadas por dicha entidad dentro de sus facultades, adoptando las medidas disciplinarias que correspondan.
    • Interesar, por las vías establecidas, ante la respectiva Asamblea del Poder Popular o ante el Organismo de la Administración Central del Estado correspondiente, según el caso, la revisión de normas que haya dictado que no se ajusten a disposiciones legales vigentes o lesionen los intereses del territorio. No obstante, se dará cumplimiento a lo dispuesto, salvo que se causen perjuicios irreparables, lo que se hará conocer por la vía más rápida, para que sea rectificada la norma en cuestión.
    • Adoptar las decisiones que contribuyan al cumplimiento de las tareas relacionadas con la preparación para la defensa, así como asistir al presidente en su condición de Vicepresidente del Consejo de Defensa y Jefe de la Defensa Civil del territorio.
    • Aplicar y generalizar los aportes de los resultados de la investigación científica y de la innovación tecnológica en el desarrollo sostenible del territorio.
    • Cualesquiera otras que le atribuyan las leyes.
     
    DIANA
    DIANA SERPA DIAZ
    INTENDENTE
     
    ERNESTO

    ERNESTO VALDESPINO ORTEGA

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No.1 Gestión del Capital Humano la Ciencia y la Innovación

     
    DAILY

    DAILY MAYO CRUZ

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No.2 Desarrollo Económico Local

     
     
    YOHENDRIS

    YOENDRIS SUÁREZ DÍAZ

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No. 3 Soberanía y Seguridad alimentaria. Educación Nutricional.

     
    JAIME

     JAIME SUZ LÓPEZ

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No.4 ¨Gestión Municipal de Hábitat Construido¨.

     
    JORGE
    JORGE DÍAZ LAGO

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No.5 Desarrollo energético y cuidado del medio ambiente.

     
    RAUDEL

    RAUDEL VILCHES GALINDO

    VICEINTENDENTE

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estrategia (LAE) de la EDM No. 7 Ambiente de Institucionalidad y control para el desarrollo.

     

     
    NORALIS

    NORALIS HERNÁNDEZ MOLINA

    VICEINTENDENTE 

    Atender y coordinar la Línea de Actuación Estratégica (LAE) de la EDM No.6 Desarrollo Social y Comunitario.

     

    Comentarios   

    0 # oscar 16-03-2023 12:34
    Favor actualizar los miembros del consejo. en particular necesitamos nombre y apellidos del intendente actual
    Responder | Responder con una citación | Citar
    0 # Tay Toscano Jerez 20-03-2023 11:46
    Saludos. tiene usted razón. Estamos en proceso de actualización. No obstante, la nueva intendente es Diana Serpa Díaz
    Responder | Responder con una citación | Citar

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      La medida del gas licuado devia al menos para los municipios eso aliviriavel consumo de corriente ...

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      No puede existir impunidad. Este es el ejemplo de hasta donde nos ha conducido las políticas de ...

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